A los residentes permanentes, que por efectos del COVID-19, tienen dificultad de retornar al Japón durante la vigencia de su permiso de reingreso

2022/10/11
Los residentes permanentes (eijyusha) que, debido a los efectos del COVID-19 no puedan reingresar al Japón dentro del período de validez de su “permiso de reingreso” o su “permiso especial de reingreso”, podrán reingresar al Japón siguiendo los  puntos 1 y 2 abajo detallados.
 

1. Si su “permiso de reingreso” (sainyukoku kyoka/re-entry permit) ha expirado o no le es posible reingresar al Japón dentro su vigencia:

Existe la posibilidad de que el período de validez de su “permiso de reingreso” pueda ser ampliado por un máximo de un año a partir de la fecha de su vencimiento. Para verificar si es posible o no extender esta validez, consulte con nuestra Sección Consular en sus oficinas de La Paz o Santa Cruz.
 
 Si su permiso de reingreso ha sido ampliado, deberá reingresar a Japón dentro del nuevo periodo de validez. Si no es posible ampliar la vigencia de su permiso de reingreso, deberá seguir los pasos del punto 2.
 

2. Si su “permiso especial de reingreso” (minashi sainyukoku kyoka/special re-entry permit) ha expirado (incluye el caso en el que no se puede aplicar el método 1.)

Esta medida aplica únicamente a las personas cuyo permiso de reingreso (sea éste el re-entry permit o el special re-entry permit) tenga fecha de expiración entre el 1 de enero de 2020 al 30 de abril de 2023. Le recordamos que el special re-entry permit NO PUEDE SER AMPLIADO.

 
 Si cumple con los requisitos arriba señalados, podrá solicitar una visa de "residente a largo plazo" (teijyusha/long term resident) en nuestras oficinas de La Paz o Santa Cruz  presentando los siguientes documentos:
  • Formulario de solicitud de visa debidamente llenado
  • Una fotografía de 4,5cm de alto x 3,5cm de ancho, a color, con fondo blanco, tomada dentro de los seis meses previos a la solicitud de la visa (la dimensión desde la parte superior de la cabeza hasta el mentón deberá ser de unos 3cm).Pasaporte vigente
  • Tarjeta de residencia (zariyu card)
  • Carta de declaración (ejemplo en japonés)
Una vez obtenida la visa, podrá realizar los trámites para ingresar al Japón como “residente permanente” en algún aeropuerto japonés.
 
Podrá encontrar mayor información en la página web del Ministerio de Justicia del Japón