Ampliación de tipos de los certificados aptos para su emisión como certificados electrónicos (e-Certificados)
2026/1/13
1. Las solicitudes presentadas desde 28 de enero de 2026, se ampliará el alcance de los certificados electrónicos (e-certificados) disponibles para su emisión en línea. Al solicitar en línea los cuatro certificados siguientes, los solicitantes podrán elegir entre recoger un certificado en físico en la ventanilla, como hasta ahora, o recibir un certificado electrónico en línea.Esto significa que, si el solicitante elige la opción del certificado electrónico, podrá recibir el mismo sin necesidad de acudir a la ventanilla de una embajada o consulado en el extranjero. Le animamos a que utilice este servicio.
(Referencia) ¿Qué es la solicitud de certificados en línea?
https://www.mofa.go.jp/mofaj/toko/page23_004157.html
2. Tenga en cuenta que, para recibir un certificado electrónico, deben cumplirse las siguientes condiciones. Para conocer el procedimiento de solicitud, consulte el vídeo «Manual de procedimiento de solicitud y emisión de certificados electrónicos», disponible en el sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores.
3. Además, dependiendo de la institución donde va presentar el certificado, es posible que no se acepten los certificados electrónicos o las copias impresas de los mismos, y que se requiera la presentación del certificado en físico. Por lo tanto, si desea recibir un certificado electrónico, le recomendamos que verifique y confirme previamente con la institución si puede aceptar certificados electrónicos antes de solicitar el certificado.
4. A partir del 28 de enero de 2026, se recepcionarán las solicitudes de los siguientes documentos para solicitar certificados electrónicos en la Embajada del Japón en Bolivia y en la Oficina del Cónsul del Japón en Santa Cruz:
※Las personas que residan fuera de la jurisdicción de la Embajada del Japón en Bolivia y de la Oficina del Cónsul del Japón en Santa Cruz, no podrán presentar su solicitud en línea a estas oficinas.
(Referencia) ¿Qué es la solicitud de certificados en línea?
https://www.mofa.go.jp/mofaj/toko/page23_004157.html
2. Tenga en cuenta que, para recibir un certificado electrónico, deben cumplirse las siguientes condiciones. Para conocer el procedimiento de solicitud, consulte el vídeo «Manual de procedimiento de solicitud y emisión de certificados electrónicos», disponible en el sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores.
- Las solicitudes de Registro en línea, deben presentarse en línea a través del sistema “Registro de Residencia en Línea (ORR Net)”.
- Los pagos se deben realizar en línea con tarjeta de crédito.
- Cuando solicite certificados que requieran de registro familiar completa (o parte), introduzca el “Código de identificación de suministro de registro familiar electrónicos del registro familiar”.
3. Además, dependiendo de la institución donde va presentar el certificado, es posible que no se acepten los certificados electrónicos o las copias impresas de los mismos, y que se requiera la presentación del certificado en físico. Por lo tanto, si desea recibir un certificado electrónico, le recomendamos que verifique y confirme previamente con la institución si puede aceptar certificados electrónicos antes de solicitar el certificado.
4. A partir del 28 de enero de 2026, se recepcionarán las solicitudes de los siguientes documentos para solicitar certificados electrónicos en la Embajada del Japón en Bolivia y en la Oficina del Cónsul del Japón en Santa Cruz:
※Las personas que residan fuera de la jurisdicción de la Embajada del Japón en Bolivia y de la Oficina del Cónsul del Japón en Santa Cruz, no podrán presentar su solicitud en línea a estas oficinas.
- Certificado de Residencia ※La emisión comenzó en mayo de 2025.
- Certificado de contenido de registro familiar (Koseki)
- Certificado de Nacimiento
- Certificado de Capacidad Matrimonial
- Certificado de Matrimonio
- Certificado de Divorcio
- Certificado de finalización de residencia (cambio de residencia)
